Cada año, entre abril y junio, miles de trabajadores reciben un pago extra que no es bono ni aguinaldo: el reparto de utilidades, conocido como PTU. Es un derecho constitucional: tu empresa debe compartir contigo el 10% de sus ganancias. Pero el monto que te toca no es igual para todos, y desde 2021 tiene un tope. Aquí va la fórmula completa, un ejemplo con $18,000 al mes y las fechas de pago de 2026.

Qué es el reparto de utilidades (PTU)

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades está en el artículo 123 constitucional y en los artículos 120 a 131 de la Ley Federal del Trabajo. Obliga a las empresas a repartir entre sus trabajadores el 10% de su utilidad fiscal (la ganancia que declaran ante el SAT).

Un detalle clave: las utilidades que se reparten en 2026 son las del ejercicio 2025. Si entraste a trabajar en 2026, tu primer reparto llegará en 2027.

No es un bono discrecional que la empresa "decide" dar: es una obligación legal. Si tu empresa generó utilidades y no reparte, está incumpliendo.

Quiénes tienen derecho (y quiénes no)

Tienen derecho los trabajadores que laboraron al menos 60 días en el ejercicio, incluyendo:

  • Trabajadores de planta y eventuales con 60 días o más.
  • Ex trabajadores que cumplan ese requisito (el derecho no se pierde al salir).
  • Personas en incapacidad por maternidad o enfermedad.

Los trabajadores de confianza también participan, con un límite: su PTU no puede superar el salario base anual más alto de los trabajadores sindicalizados, más un 20%.

No participan: directores, administradores y gerentes generales, socios o accionistas, ni trabajadores domésticos. Tampoco hay reparto si la empresa es de nueva creación (su primer año de funcionamiento) o si simplemente no generó utilidades en el ejercicio.

La fórmula en 3 pasos

El 10% de la utilidad fiscal se divide en dos mitades iguales:

  1. Mitad por días trabajados: se divide entre el total de días laborados por todos los trabajadores, y se multiplica por tus días.
  2. Mitad por salarios: se divide entre el total de salarios pagados en el año, y se multiplica por tu salario anual.

En fórmulas:

  • Tu parte por días = (50% del PTU total ÷ días totales) × tus días trabajados
  • Tu parte por salarios = (50% del PTU total ÷ salarios totales) × tu salario anual
  • PTU bruta = parte por días + parte por salarios

Importante: para el reparto solo cuenta el salario base (cuota diaria). Las horas extra, bonos y gratificaciones no entran. Si tu salario es variable, se usa tu promedio anual.

Ejemplo real: $18,000 al mes

Una empresa con utilidad fiscal de $2,000,000 en 2025 debe repartir $200,000 (el 10%). Tiene 10 trabajadores que entre todos sumaron 3,650 días laborados y $2,400,000 en salarios anuales.

Un trabajador con sueldo de $18,000 al mes ($216,000 al año) que laboró 330 días:

  1. Parte por días: ($100,000 ÷ 3,650) × 330 = $9,041.10
  2. Parte por salarios: ($100,000 ÷ $2,400,000) × $216,000 = $9,000.00
  3. PTU bruta: $9,041.10 + $9,000.00 = $18,041.10

¿Le aplica el tope? Su tope de 3 meses es 3 × $18,000 = $54,000. Como $18,041.10 está por debajo, recibe los $18,041.10 completos.

El tope: 3 meses de salario o el promedio de 3 años

Desde la reforma de 2021 (artículo 127, fracción VIII de la LFT), tu PTU individual no puede exceder lo que resulte mayor entre:

  • 3 meses de tu salario, o
  • El promedio de la PTU que recibiste en los últimos 3 años.

La Suprema Corte ya declaró constitucional este tope, así que aplica en todos los casos.

Ejemplo: ganas $12,000 al mes. Tres meses de salario = $36,000. Pero si en los últimos 3 años recibiste en promedio $41,000 de utilidades, tu tope es $41,000 (el monto que más te favorece).

Tabla rápida: tu tope de 3 meses según tu sueldo

| Sueldo mensual | Tope (3 meses de salario) | |---|---| | $10,000 | $30,000 | | $15,000 | $45,000 | | $20,000 | $60,000 | | $25,000 | $75,000 | | $30,000 | $90,000 |

Recuerda: si tu promedio de PTU de los últimos 3 años supera esa cifra, ese promedio es tu tope real.

¿Las utilidades pagan impuestos?

Parcialmente. La PTU está exenta de ISR hasta 15 UMAs: $1,759.65 en 2026 (art. 93, fracción XIV de la LISR). El excedente sí paga impuesto, y tu empresa debe retenerlo al momento del pago.

En el ejemplo de $18,041.10: exentos $1,759.65, gravables $16,281.45. Si te retuvieron de más, la diferencia se ajusta en tu declaración anual. Para ver cuánto llega realmente a tu cuenta después de impuestos, calcula tu salario neto aquí.

Cuándo pagan y qué hacer si no te pagan

En 2026, las fechas límite son:

  • Empresas (personas morales): del 1 de abril al 30 de mayo.
  • Patrones personas físicas: del 1 de mayo al 29 de junio.

La empresa debe integrar una Comisión Mixta de Reparto de Utilidades (trabajadores y patrón) que elabora el proyecto de reparto, y tienes 15 días para presentar observaciones si no estás de acuerdo con tu monto. También puedes pedir copia de la declaración anual que la empresa presentó al SAT.

Si no te pagan, acude a la PROFEDET (asesoría gratuita). Tienes 1 año para reclamar, contado desde que el pago fue exigible. Y ojo: las utilidades no reclamadas en ese año se destinan al fondo de capacitación de la empresa, así que no dejes pasar el tiempo.

Errores comunes que cuestan dinero

  • Pensar que es un bono opcional. Es un derecho constitucional; si hubo utilidades, te tocan.
  • No revisar el proyecto de la Comisión Mixta. Tienes 15 días para objetar el cálculo: úsalos.
  • Creer que al salir de la empresa lo pierdes. Si trabajaste 60 días o más en el ejercicio, te tocan aunque ya no labores ahí. Los detalles están en la guía de finiquito vs liquidación.
  • No pedir la copia de la declaración anual. Es tu herramienta para verificar que el 10% se calculó sobre la utilidad real.
  • Confundir el tope. El límite es lo que resulte MAYOR entre 3 meses de salario y tu promedio de 3 años: siempre se aplica lo más favorable para ti.

¿Tu empresa generó ganancias el año pasado? Entonces también revisa tus otras prestaciones de ley: cuánto te toca de aguinaldo si trabajaste 6 meses y cuánto te toca de prima vacacional.

FAQ

¿Cuánto me toca de reparto de utilidades si gano $18,000 al mes?

Depende de las ganancias de tu empresa, porque el PTU es el 10% de su utilidad fiscal. En el ejemplo de esta guía (utilidad de $2,000,000, 330 días trabajados), te tocan $18,041.10 brutos: $9,041.10 por días más $9,000.00 por salarios. De ese monto, $1,759.65 están exentos de ISR.

¿Cuál es el tope del reparto de utilidades?

Desde 2021, tu PTU no puede exceder lo que sea mayor entre 3 meses de tu salario y el promedio de la PTU que recibiste en los últimos 3 años (art. 127, fracción VIII de la LFT). Con $12,000 al mes, el tope base es $36,000, pero si tu promedio de 3 años es $41,000, recibes $41,000.

¿Las utilidades pagan ISR?

Están exentas hasta 15 UMAs ($1,759.65 en 2026). Solo el excedente paga impuesto, retenido por tu empresa al momento del pago. Si la retención fue mayor a la debida, se ajusta en tu declaración anual.

¿Cuándo pagan las utilidades en 2026?

Las empresas (personas morales) deben pagar a más tardar el 30 de mayo, y los patrones personas físicas a más tardar el 29 de junio. Corresponden a las utilidades del ejercicio 2025.

¿Me tocan utilidades si ya no trabajo en la empresa?

Sí, siempre que hayas laborado al menos 60 días en el ejercicio. El derecho no se pierde al salir: la empresa debe pagarte tu parte en las mismas fechas. Tienes 1 año para reclamarla.

¿Qué hago si mi empresa no me pagó las utilidades?

Revisa el proyecto de la Comisión Mixta (tienes 15 días para objetarlo), pide copia de la declaración anual presentada al SAT y acude a la PROFEDET para asesoría gratuita. La acción prescribe en 1 año desde que el pago fue exigible.

Información con fines educativos, no asesoría fiscal ni laboral. Verifica el cálculo exacto en tu recibo de nómina o con la PROFEDET.